Aqui en Cataluña se diria:"aixo esta donat i beneit":"esto esta dado y bendecido",pero yo no veo el caso perdido,si bien hizo totiplenario a su adminstrador,fue para administrar sus bienes,no para que se apropie de ellos,si bien puede vender alguno a de redundar en favor de Sara Montiel,no en la propia persona del administrador o en una tercera persona que muy bien podria ser un testaferro o un paso intermedio.Quiero poner de ejemplo a un Virrey de un territorio,puede tomar decisiones el solo,pero,nunca contra los deseos del Rey.Este Señor tenia todos los poderes sobre las propiedades de Sara Montiel,pero para administrarlas unicamente,por eloo y exclusivamente para ello se conceden estos poderes.
Como siempre,hago tambien esta defensa,en este caso de Doña Sara Montiel,para llevarme una gratificacion si con este argumento base se ganase el juicio.Adeu siau.
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